La Fiscalía Superior de Ilo consiguió que el Poder Judicial revoque la sentencia que absolvía a José Portilla Acosta del delito contra el patrimonio en la modalidad de receptación y sea declarado como autor y responsable del hecho en agravio de J.V.T.C., imponiéndosele dos años de pena privativa de la libertad suspendida, al cumplimiento de reglas de conducta, al comparecer puntualmente cada treinta días, al pago de costas y a una reparación civil de tres mil nuevos soles que se abonará a favor del agraviado. Los hechos atribuidos consisten básicamente en que el sentenciado compro y luego vendió dos martillos neumáticos rompe pavimento, sabiendo la procedencia delictuosa de los mismo, puesto que los compro de una presunta empresa fantasma llamada “Juancito”, pretendiendo luego darle legitimidad al otorgar factura de su empresa para vendérselo a otra persona. Dichos martillos fueron hurtados a la empresa El Portillo el 27 de julio del 2008, habiendo sido alquilados por su propietaria la empresa JULMAR cuyo titular es el agraviado. La sentencia dictada por la Superior Sala, ordena que el Juzgado de Ejecución remita al Ministerio Publico copias de los actuados a efectos que proceda conforme a sus atribuciones con respecto al titular de la ferretería “Juancito”, en el mismo sentido se dispuso enviar a la SUNAT toda la documentación respectiva para que fiscalice dicho negocio, ya que se tendría indicios de ser una empresa fantasma. La posición del Ministerio Público, en primer y segunda instancia, fue que la declaración del sentenciado era contradictoria; al decir primero que compró los martillos en el Centro Comercial Las Malvinas y posteriormente presentar una factura con otra dirección que no tenía relación con dicho centro comercial, a esto se suma que presento tardíamente los comprobantes de pago de las herramientas.
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